Disposiciones sobre Juntas de Manumisión y renuncia (1841–1847)
Documento 0: Carátula de carpeta
Disposiciones sobre juntas de manumision hasta Nov. de 1841 — fol 3 — Cajon 46
Documento 1: Oficio N.º 30 — Devolución para resolver (Neiva, 6 abr. 1847)
REPÚBLICA DE LA NUEVA GRANADA — GOBERNACION DE LA PROVINCIA — Neiva[Lugar] Capital provincial; sede gubernativa., 6 de Abril de 1847[Fecha] Cuatro años antes de la abolición definitiva de la esclavitud (Ley del 21 de mayo de 1851); las Juntas de Manumisión aún funcionaban con sus estructuras originales..
Al Señor Jefe político de la Plata[Lugar] Cantón de La Plata.:
“Siendo dirigirse a esa jefatura la representación hecha por D. Ángel Céspedes, numerado el destino de miembro de la Junta de Manumisión[Institución] Corporación local encargada de administrar fondos y trámites de libertad. de ese cantón; y no a la gobernación[Competencia] Indica que la resolución primaria compete al jefe político., la devuelvo a Ud., como que es a quien toca resolverla.”
Dios guarde a Ud. — Ramón Villoria
Documento 2: Oficio N.º 40 — Exigencia de papel sellado (Neiva, 16 mar. 1847)
REPÚBLICA DE LA NUEVA GRANADA — GOBERNACION DE LA PROVINCIA — Neiva, 16 de marzo de 1847.
Al Señor Jefe político de la Plata:
“Debiendo entenderse toda sumisión en el papel sellado[Formalidad] Papel timbrado obligatorio para actos y recursos administrativos/ judiciales. correspondiente es preciso que Ud. me remita la que haya hecho el Dr. Ángel Céspedes del destino de miembro de la Junta de Manumisión para resolver acerca de ella. Lo digo a Ud. en respuesta a su oficio 10 del presente, n.º 17.”
Dios guarde a Ud. — Ramón Villoria
Documento 3: Representación de Ángel M. Céspedes solicitando renuncia (La Floresta, 21 mar. 1841)
“Año económico que principia en 1.º de setiembre[Calendario fiscal] El año económico de Hacienda corría del 1.º de septiembre al 31 de agosto. de 1840 y concluye en 31 de agosto de 1841. Vale real y medio.”
Señor Jefe político:
Ángel M.a Céspedes, ante V. B. con mi acostumbrado respeto, represento: que desde el mes de enero de 1839 desempeño el destino de miembro de la Junta de Manumisión[Institución] Junta local encargada de la manumisión mediante fondos públicos y donaciones.; y siéndome hoy esencialmente gravoso[Lenguaje epocal] Carga onerosa/difícil de sostener. su ejercicio por cuanto mis quehaceres domésticos[Contexto social] Obligaciones de sustento y administración familiar/propiedades. exigen mi presencia en diferentes puntos de este y de los dos cantones vecinos[Jurisdicción] Alusión a cantones colindantes a La Plata en la época.; pide a V. se sirva ponerlo en conocimiento de S. S., el señor Gobernador, para que se me admita la renuncia[Acto] Dimisión formal de un cargo público/colegiado. que por medio de esta solemnemente hago del destino antes indicado.
La Floresta[Lugar] Paraje/hacienda desde donde se firma la petición., Marzo 21 de 1841[Fecha] Diez años después de la Ley de Libertad de Vientres (1821) y casi diez antes de la abolición (1851); Céspedes llevaba dos años como miembro de la Junta desde enero de 1839..
Ang. M.a Céspedes